Durante la tarde de este viernes, el Ministerio de Salud de la Nación dio a conocer las nuevas disposiciones sanitarias para todo el país, considerando la situación epidemiológica que atraviesan las diferentes provincias. En este contexto, indicaron que se permitirán actividades con un aforo del 70%.
En un primer momento, los referentes sanitarios detallaron que los parámetros para definir las zonas de alarma epidemiológica y sanitaria de las distintas jurisdicciones se basarán en aglomerados urbanos de más de 300.000 habitantes, teniendo en cuenta la ocupación de camas totales de terapia intensiva siendo superiores al 80% y la variación porcentual del número de pacientes internados en UTI por COVID-19 de los últimos siete días, respecto de los siete días anteriores sea superior al 20%
Actividades permitidas en todo el territorio nacional
EN ESPACIO CERRADOS
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*La práctica de deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos; y las actividades realizadas en cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del 70%
*La asistencia a centros de día y clubes de adultos mayores con un aforo del 70 por ciento cuyos asistentes cuenten con el esquema completo de vacunación contra la COVID-19, y hayan transcurrido 14 días desde entonces.
*Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas si se realizan en espacios interiores, y de hasta 20 personas si se realizan al aire libre.
EN ESPACIOS ABIERTOS
*La realización de excursiones y actividades turísticas de acuerdo a los protocolos y normativa vigente, que se efectúen exclusivamente en transportes que permitan mantener ventilación exterior adecuada de manera constante y cruzada.
*Las reuniones y actividades en espacios públicos de hasta 100 personas.
*La autoridad jurisdiccional podrá disminuir el aforo establecido según los parámetros epidemiológicos y sanitarios.
VIAJES GRUPALES
En alusión a los viajes grupales, desde el Ministerio de Salud indicaron que las jurisdicciones podrán autorizar la realización de viajes en grupos de hasta 10 personas para actividades recreativas, sociales y comerciales, en tanto tengan como origen y destino aglomerados que no sean considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria; que se realicen en base a los protocolos; que no incluyan pasajeros que hayan estado en el exterior durante los últimos 14 días o sean convivientes de quien revista tal condición; no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19 durante los 14 días previos al viaje, ni hayan tenido un diagnóstico positivo de COVID-19 en el mismo período.
CLASES PRESENCIALES
Se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el país, dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas en las Resoluciones Nros. 364 del 2 de julio de 2020, 370 del 8 de octubre de 2020, 386 y 387 ambas del 13 de febrero de 2021 del Consejo Federal de Educación, sus complementarias y modificatorias.